El contrato individual de trabajo es el instrumento jurÃdico que formaliza la relación laboral entre el Organismo y el Trabajador por tiempo indeterminado, determinado o eventual respectivamente.
En el contrato individual del trabajo, patrón y trabajador formalizan la relación laboral, estipulando por escrito las condiciones generales del trabajo a desarrollar, las prestaciones y salario que recibir el trabajador; siendo los artÃculos 24 y 25 de la Ley Federal del Trabajo los que indican que dicho contrato debe hacerse por escrito y el contenido mÃnimo que debe reunir.
Ejemplo:
CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO POR TIEMPO INDETERMINADO, que celebran por una parte ______________________representada por el C._________________________, como patrón y por la otra, el C. ________________________________, como trabajador, a quienes en lo sucesivo se denominarán en el curso del presente contrato "PATRON" y "TRABAJADOR", respectivamente, y el que sujetan a las siguientes:
CLAUSULAS
PRIMERA. OBLIGACIONES. El TRABABJADOR se obliga a prestar sus servicios personales al PATRON en el domicilio de éste, ubicado en ___________________________________________o en el lugar que para tal efecto se le indique, cuando sus servicios sean necesarios como _____________________________, trabajo que deber desempeñar desarrollando siempre su mayor actividad, esmero y eficiencia. La ocupación principal del trabajador será ________________________________, pero queda bien entendido que esta enumeración de labores es enunciativa y no limitativa, otra vez que el TRABAJADOR tiene obligación de atender también cualquier otro trabajo anexo o conexo con su obligación principal, o cualesquiera otra actividad, siempre y cuando se le respete su salario, aun cuando accidentalmente haya de ser desempeñado fuera del lugar de trabajo. El TRABAJADOR acatará siempre en todos sus actos las ordenes que sus jefes le den, las disposiciones del reglamento interior de Trabajo de la empresa que le sean aplicables, y las demás disposiciones y ordenes que ‚esta le dicte.
SEGUNDA. DURACION DEL CONTRATO. El presente contrato se celebra por tiempo indeterminado y no podrá ser suspendido, rescindido o terminado sino de acuerdo con lo previsto en la Ley Federal del Trabajo o por voluntad de ambas partes contratantes, sin embargo, los primeros treinta dÃas de prestación de servicios se considerarán como periodo de prueba, término durante el cual la compañÃa podrá dar por terminado el presente contrato sin ninguna responsabilidad si, a su juicio, el TRABAJADOR no tiene la capacidad y competencia suficientes para desempeñar el trabajo contratado.
TERCERA. JORNADA DE TRABAJO. El horario de trabajo del TRABAJADOR, será de las _________horas en que se iniciará, a las _______horas en que se interrumpirá, y de las ________horas en que se reanudará a las ___________horas en que concluirá. Este horario de trabajo se observará de ____________de cada semana.
El horario antes citado obedece a que se tiene repartida la jornada de trabajo en cinco dÃas a la semana, en los términos del artÃculo 59 de la Ley Federal del Trabajo.
El TRABAJADOR faculta expresamente al PATRON para modificar el horario de trabajo anterior, de acuerdo con las necesidades de la misma.
CUARTA. SALARIO. El TRABAJADOR percibirá como sueldo por la prestación de los servicios a que se refiere este contrato, la cantidad de $________(________________________________M.N.)diarios, cuyo salario le será pagado semanalmente los dÃas _____________de cada semana, en las oficinas de la empresa.
El TRABAJADOR recibirá por concepto de aguinaldo, el importe de ________dÃas de salario, el que le será pagado antes del 20 de diciembre de cada año, o la parte proporcional en caso de que no haya laborado el año completo.
QUINTA. DIAS DE DESCANSO SEMANAL. El TRABAJADOR disfrutar semanalmente de un dÃa de descanso con goce de sueldo, el que se conviene por ambas partes que será el dÃa __________de cada semana.
El TRABAJADOR faculta expresamente al PATRON para cambiar el dÃa de descanso a que antes se hace mención, de acuerdo con sus necesidades.
SEXTA. DIAS DE DESCANSO OBLIGATORIO. El TRABAJADOR disfrutará de los dÃas de descanso obligatorio señalados en la Ley Federal del Trabajo con goce de salario Ãntegro.
SEPTIMA. VACACIONES. El TRABAJADOR disfrutará de vacaciones por cada año completo de servicios prestados, en los términos del artÃculo 76 de la Ley Federal del Trabajo, en la inteligencia de que dicho perÃodo le será concedido después de vencido el año de servicios y en la época que determine el PATRON, dentro de los seis meses posteriores al nacimiento de la prestación, obligándose el TRABAJADOR, en todo caso, a solicitar sus vacaciones con una anticipación no menor de un mes. El TRABAJADOR tendrá derecho a recibir una prima vacacional del ________%.
OCTAVA. TIEMPO EXTRAORDINARIO. Queda prohibido al TRABAJADOR trabajar tiempo extraordinario si no es con consentimiento previo y orden escrita, dada por el PATRON, que podrá utilizar cuando por cualquier circunstancia deba trabajar el TRABAJADOR mayor tiempo que el señalado como jornada ordinaria, recabar previamente del PATRON la orden a que se refiere esta cláusula, sin cuyo requisito no le será abandonada por cantidad alguna por el tiempo que trabaje con exceso a la jornada legal.
NOVENA. RECIBO DE SALARIOS. El TRABAJADOR se obliga a otorgar los dÃas de pago de salarios, un recibo en favor del PATRON por la totalidad de los sueldos devengados hasta esa fecha, entendiéndose que el otorgamiento del mismo implicar su conformidad en que el sueldo recibido sobre el trabajo desempeñado, sin que pueda exigir posteriormente pago de prestación alguna, ya que cualquier cantidad a la que creyere tener derecho deber exigirla precisamente al otorgar el recibo de referencia. La firma del recibo correspondiente implicar un finiquito total para el PATRON por cualquier clase de sueldos o prestaciones a que tuviere derecho el TRABAJADOR por los servicios prestados hasta esa fecha, aunque no se diga en el recibo lo anterior.
DECIMA. En atención a la naturaleza del puesto que desempeña el TRABAJADOR, el mismo se obliga a desempeñar su trabajo en cualquier lugar del territorio nacional, asà como a hacerlo en cualquier otro puesto sin perjuicio de su salario.
DECIMA PRIMERA. CONFIDENCIALIDAD. En atención a las actividades que realiza el PATRON y dada la necesidad de mantener en absoluta confidencialidad los procesos de fabricación y de cualquier otra naturaleza, el TRABAJADOR se obliga a guardar escrupulosamente los secretos técnicos, comerciales y de fabricación de los productos, a cuya elaboración concurran directa o indirectamente o de los cuales tenga conocimiento por razones de trabajo, asà como de los asuntos administrativos, cuya divulgación pueda causar perjuicios al PATRON, en la inteligencia de que el incumplimiento especÃfico de esta obligación, lo hará acreedor a la rescisión de su Contrato de Trabajo, de conformidad con los dispuesto en el artÃculo 47 de la Ley Federal del Trabajo.
DECIMA SEGUNDA. CAPACITACION Y ADIESTRAMIENTO. El PATRON se obliga a proporcionar capacitación o adiestramiento al TRABAJADOR, en los términos de la Ley Federal del Trabajo, y de conformidad con el programa de capacitación y adiestramiento convenido y que hubiere aprobado la Autoridad del Trabajo.
DECIMA TERCERA. Para todos los efectos se le reconoce al trabajador una antigüedad a partir del ___________________de ___________de 199___.
DECIMA CUARTA. LEY APLICABLE. Ambas partes contratantes convienen en que todo lo no previsto en el presente contrato se regirá por las disposiciones de la Ley Federal del Trabajo y en que para todo lo que se refiera a interpretación, ejecución y cumplimiento del mismo, se someterán expresamente a la jurisdicción y competencia de la Junta de Conciliación y Arbitraje de la ciudad _________________.
Para los efectos del artÃculo 25 de la Ley Federal del Trabajo, EL PATRON declara ser una sociedad mexicana, constituida de acuerdo con las leyes de la República Mexicana, dedicada a____________________________, con domicilio en _____________________________________, el TRABAJADOR declara ser de nacionalidad ____________________de ______años de edad, estado civil ____________________, con domicilio en _____________________________________________, mismo que señala para oÃr toda clase de notificaciones, en los términos de la Ley Federal del Trabajo, el presente contrato y las relaciones que se deriven del mismo, obligándose a proporcionar cualquier cambio de domicilio y, si no lo hiciere acepta que serán validas las que se practiquen en el antes señalado.
LeÃdo que fue el presente contrato e impuestas las partes de su contenido y fuerza legal, lo firmaron en la ciudad de ____________________, el dÃa ________de _________de _______, ante los testigos que suscriben:
"EL PATRON" "EL TRABAJADOR"
TESTIGO TESTIGO
CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO POR OBRA DETERMINADA, que celebran, la empresa ___________________________________, representada por el C. ____________________, como patrón y por la otra, el C. ___________________________, como TRABAJADOR y quienes se les denominará en el curso del presente contrato "EMPRESA" y "TRABAJADOR", respectivamente, y el que sujetan a las siguientes declaraciones y cláusulas:
DECLARACIONES
1. La EMPRESA es una sociedad mexicana, que tiene entre otras actividades, la de ____________________________________.
2. La EMPRESA declara(señalar la causa que dio origen a la contratación por obra determinada), por lo que se ve en la necesidad que en forma transitoria y eventual le afecta.
3.El señor ________________________________________ha manifestado a la EMPRESA estar en disponibilidad de ser contratado por la obra determinada a que se refiere la segunda de las declaraciones, asà como tener la capacidad y aptitud necesarias para desempeñar el puesto de ______________________________, motivo por el cual las partes han celebrado el presente contrato que se contiene al tenor de las siguientes:
CLAUSULAS
PRIMERA. OBLIGACIONES, El TRABAJADOR se obliga a prestar sus servicios personales a la EMPRESA en el domicilio que‚ está ubicado en _________________________________________, o en el lugar que para tal efecto se le indique como _________________________________en la ejecución de la obra determinada que a continuación se detalla: _____________________________________________, la ocupación principal del TRABAJADOR será: ________________________________, pero queda bien entendido que esta enumeración de labores es enunciativa y no limitativa toda vez que el TRABAJADOR tiene obligación de atender cualesquiera otra actividad, siempre y cuando se le respete su salario, aun cuando accidentalmente haya de ser desplazado fuera del lugar de trabajo, acatar siempre en todos actos las ordenes que sus jefes le den, las disposiciones del reglamento Interior de Trabajo de la EMPRESA que le sean aplicables, y las demás disposiciones y ordenes que ésta le dicte.
SEGUNDA. DURACION DEL CONTRATO. El presente contrato se celebra exclusivamente para la ejecución de la obra determinada que se detalla en la cláusula que antecede, terminada la cual este contrato terminará de pleno derecho cesando toda relación de trabajo entre el TRABAJADOR y la EMPRESA y sin que esta última adquiera ninguna otra responsabilidad u obligación para con el TRABAJADOR; sin embargo, los primeros treinta dÃas de prestación de servicios se considerarán como periodo de prueba, término durante el cual la EMPRESA podrá dar por terminado el presente contrato sin ninguna responsabilidad si a su juicio, el TRABAJADOR no tiene la capacidad y competencia suficientes para desempeñar el trabajo contratado.
TERCERA. JORNADA DE TRABAJO. El horario de labores del TRABAJADOR ser de las ___________horas en que se iniciará, a las _________horas en que sé interrumpir, y de las _________horas en que se reanudará, a las __________horas en que concluir. Este horario de trabajo se observará de ________________de _____________a _______________de cada semana.
El TRABAJADOR faculta expresamente a la EMPRESA para modificar el horario de trabajo anterior, de acuerdo con las necesidades de la misma.
La jornada de trabajo a que se refiere la presente cláusula obedece a que ésta se encuentra repartida en cinco dÃas a la semana de conformidad con lo dispuesto por el artÃculo 59 de la Ley Federal del Trabajo.
CUARTA. SALARIO. El TRABAJADOR percibirá como sueldo por la prestación de los servicios a que se refiere este contrato, la cantidad de $____(______________________________M.N.)diarios, cuyo salario le será pagado semanalmente los dÃas ______________, en las oficinas de la EMPRESA.
El TRABAJADOR tendrá derecho a recibir un aguinaldo equivalente a ______dÃas de salario, que le será cubierto a más tardar el dÃa 20 de diciembre de cada año, o la parte proporcional en caso de que no haya trabajado el año completo.
QUINTA. DIAS DE DESCANSO SEMANAL. El TRABAJADOR disfrutará semanalmente de un dÃa de descanso con goce de sueldo, el que se conviene por ambas partes que será el dÃa __________de cada semana.
El TRABAJADOR faculta expresamente a la EMPRESA para cambiar el dÃa de descanso a que antes se hace mención, de acuerdo con sus necesidades.
SEXTA. DIAS DE DESCANSO OBLIGATORIO. El TRABAJADOR disfrutar de los dÃas de descanso obligatorio señalados en la Ley Federal del Trabajo con goce de salario Ãntegro.
SEPTIMA. VACACIONES. El TRABAJADOR disfrutará de vacaciones por cada año completo de servicios prestados, en los términos del artÃculo 76 de la Ley Federal del Trabajo, en la inteligencia de que dicho perÃodo le ser concedido después de vencido el año de servicios y en la ‚poca que determine La EMPRESA, obligándose el TRABAJADOR, en todo caso, a solicitar sus vacaciones con una anticipación no menor de un mes. El TRABAJADOR tendrá derecho a recibir una prima vacacional del________%.
OCTAVA. TIEMPO EXTRAORDINARIO. Queda prohibido al TRABAJADOR trabajar tiempo extraordinario si no es consentimiento previo y orden escrita, dada por la EMPRESA, cuando por cualquier circunstancia deba trabajar el TRABAJADOR mayor tiempo que el señalado como jornada ordinaria, recabar previamente de la EMPRESA la orden a que se refiere esta cláusula, sin cuyo requisito no le será abonada cantidad alguna por el tiempo que trabaje con exceso a la jornada legal.
NOVENA. RECIBO DE SALARIOS. El TRABAJADOR se obliga a otorgar los dÃas de pago de salarios, un recibo en favor de la EMPRESA por la totalidad de los sueldos devengados hasta esa fecha, entendiéndose que el otorgamiento del mismo implicará su conformidad en que el sueldo recibido cubre el trabajo desempeñado, sin que pueda exigir posteriormente pago de prestación alguna, ya que cualquier cantidad a la que creyere tener derecho deber exigirla precisamente al otorgar el recibo de referencia. La firma del recibo correspondiente implicar un finiquito total para la EMPRESA por cualquier clase de sueldos o prestaciones a que tuviere derecho el TRABAJADOR por los servicios prestados hasta esa fecha, aun cuando no se diga en el recibo lo anterior.
DECIMA. En atención a la naturaleza del puesto que desempeña el TRABAJADOR, el mismo se obliga a desempeñar su trabajo en cualquier lugar del territorio nacional, asà como a hacerlo en cualquier otro puesto sin perjuicio de su salario.
DECIMA PRIMERA. CONFIDENCIALIDAD. En atención a las actividades que realiza la EMPRESA y dada la necesidad de mantener en absoluta confidencialidad los procesos de fabricación y de cualquier otra naturaleza, el EMPLEADO se obliga a guardar escrupulosamente los secretos técnicos, comerciales y de fabricación de los productos, a cuya elaboración concurran directa o indirectamente o de los cuales tenga conocimiento por razones de trabajo, asà como de los asuntos administrativos, cuya divulgación pueda causar perjuicios a la EMPRESA, en la inteligencia de que el incumplimiento especifico de esta obligación, lo hará acreedor a la rescisión de su Contrato de Trabajo, de conformidad con los dispuesto en el articulo 47 de la Ley Federal del Trabajo.
DECIMA SEGUNDA. CAPACITACION Y ADIESTRAMIENTO. La EMPRESA se obliga a proporcionar capacitación o adiestramiento al TRABAJADOR, en los términos de la Ley Federal del Trabajo, y de conformidad con el programa de capacitación y adiestramiento convenido y que hubiere aprobado la Autoridad del Trabajo.
DECIMA TERCERA. LEY APLICABLE. Ambas partes contratantes convienen en que todo lo no previsto en el presente contrato se regirá por las disposiciones de la Ley Federal del Trabajo y en que para todo lo que se refiera a interpretación, ejecución y cumplimiento del mismo, se someterán expresamente a la jurisdicción y competencia de la Junta de Conciliación y Arbitraje de la ciudad _________________.
Para los efectos del artÃculo 25 de la Ley Federal del Trabajo, la EMPRESA declara ser una sociedad mexicana, constituida de acuerdo con las leyes de la República Mexicana, dedicada a____________________________, con domicilio en _____________________________________, el TRABAJADOR declara ser de nacionalidad ____________________de ______años de edad, estado civil ____________________, con domicilio en _____________________________________________, mismo que señala para oÃr toda clase de notificaciones, en los términos de la Ley Federal del Trabajo, el presente contrato y las relaciones que se deriven del mismo. Obligándose a proporcionar cualquier cambio de domicilio y, si no lo hiciere acepta que serán validas las que se practiquen en el antes señalado.
LeÃdo que fue el presente contrato e impuestas las partes de su contenido y fuerza legal, lo firmaron en la ciudad de ____________________, el dÃa ________de _________de _______, ante los testigos que suscriben:
"LA EMPRESA" "EL TRABAJADOR"
TESTIGO TESTIGO
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